Garantía

Última modificación Junio 2020

  1. GARANTIA: BOHN DE MÉXICO., garantiza contra defectos de material y mano de obra todos y cada uno de sus productos cuando estos son aplicados y operados bajo condiciones normales. Entendiéndose que la garantía se otorga a través del primer comprador de dichos productos.
    1. Distribuidor.
    2. Fabricante de equipo original.

 

  1. PRODUCTOS: Se entiende por productos BOHN.
    1. Unidades condensadoras y motocompresoras, herméticas, semiherméticas y scroll.
    2. Condensadores y evaporadores.
    3. Refacciones y componentes.
  1. PERIODO DE GARANTIA: La garantía mencionada en el inciso 1 será efectiva por 12 mese a partir de la fecha de adquisición por el cliente final o bien 18 meses a partir de la fecha de facturación al distribuidor o fabricante, o 24 meses para las Unidades Equipadas fabricadas en Querétaro y que entren en el “Círculo 24” siempre que: Se de aviso de inmediato por escrito al Dto. de Servicio de BOHN DE MÉXICO y el equipo, compresor o componente dañado se regrese flete pagado a la fabrica de Bohn de Querétaro, esto dentro de los 7 días siguientes a la fecha de la falla para proceder a elaborar el dictamen correspondiente para que proceda o no la garantía.

En los equipos que entran en el “Círculo 24”, solo se repondrá el compresor en garantía una sola vez dentro del periodo correspondiente.

  1. EXCLUSIONES:
    1. La garantía no cubre cargos por materiales y mano de obra utilizados fuera de la fábrica ni tampoco gastos por refrigerante, productos almacenados y otros cargos motivados por la pieza o piezas defectuosas.
    2. En piezas o partes que no son fabricadas por BOHN DE MÉXICO tales como, motores eléctricos, controles, etc. se otorgará la misma garantía que el fabricante otorga a BOHN DE MÉXICO
    3. Daños ocurridos por transportación.
    4. Deterioros o fallas en operación a juicio de BOHN DE MÉXICO que hayan sido producidas por exposición o contacto con productos o vapores químicos de alguna clase, con excepción de refrigerantes o aceites aprobados por BOHN DE MEXICO, S.A. DE

C.V. siendo estos R-22, R- 134a, R- 404 A / 507, para refrigerantes; aceites POE´S Copeland Ultra 22CC, Mobil EAL Arctic 22CC, ICI EMKARATE RL 32CF, Thermal Zone 22CC, Aceites MINERALES Acemire 150, Capella WF32, Suniso 3GS, CASTROL / ACEMIRE SW 32, Aceite ALKYL BENCENO Shell 22-12, Witco R-195-0 todos de viscosidad 150.

    1. Un producto el cual haya sido desarmado, sin autorización alguna pudiendo eso afectar su funcionamiento y operación.
    2. Si se ha cambiado, reparado o alterado cualquier de sus componentes por personas ajenas a BOHN DE MÉXICO
  1. Si se recibe un producto y está dañado en su cuerpo o serpentín y gabinete se considerará una unidad inservible.
  2. Si un producto se recibe y se determina que funciona normalmente, se hará el cargo total al distribuidor o fabricante por

concepto de material o mano de obra.

  1. Tampoco esta garantía cubre defectos causados por accidentes, mala aplicación, alteración al diseño, los cuales no son defectos de

material o mano de obra.

  1. COMPATIBILIDAD: La operación satisfactoria de los productos BOHN, depende de varios factores fuera del control de BOHN DE MEXICO

S.A. DE C.V., por los cuales BOHN DE MÉXICO no asume ninguna responsabilidad. Será responsabilidad de:

  1. El fabricante del equipo original. Diseñar y fabricar adecuadamente el equipo donde se instalan los productos BOHN.
  2. El distribuidor. Vender los productos BOHN, solamente en aquellas aplicaciones donde el producto trabajará satisfactoriamente y no en aquéllas donde se cargará el producto fuera de los niveles de rendimiento para los que fue diseñado.
  3. El contratista instalador. Debe hacer una instalación adecuada desde el punto de vista de: alimentación de energía, ventilación y limpieza,

y de ajustar correctamente el equipo para su operación.

  1. El contratista de servicio. Debe proporcionar un mantenimiento preventivo adecuado.
  1. PROCEDIMIENTO DE RECLAMACION: Cuando un producto o equipo BOHN, falle en su funcionamiento por defectos de material o mano

de obra dentro del periodo de garantía, podrá ser reclamado de la siguiente manera:

    1. Elabore el documento de reclamación (HOJA DE SERVICIO ANEXA) sin omitir ningún dato.
    2. Envíe el documento original junto con el componente defectuoso. Conserve la copia del documento, es para su control. No se recibirá ninguna devolución que no vaya acompañada del documento de reclamación.
    3. El distribuidor deberá también proporcionar al cliente final un equipo nuevo y enviar el dañado a la planta con flete pagado. Si la falla es de fabricación, se le mandará al distribuidor el equipo nuevo de reposición flete pagado.

d) Todas las devoluciones a BOHN DE MÉXICO quedarán sujetas a inspección para determinar la causa de la falla. BOHN DE MÉXICO, S.A. DE C.V. se reserva el derecho de cargar al distribuidor autorizado el importe de la reparación, si se determina que el producto regresado haya estado operando anormalmente o si falló por defectos de instalación o de otro tipo de abuso, tales como: falta de capacidad, aplicación incorrecta, bajo voltaje, etc., en cuyo caso el distribuidor le hará el cargo al cliente final.
e) Todos los equipos BOHN, regresados a la fábrica deben sellarse adecuadamente antes de ser embarcados. Si el equipo no se protege adecuadamente, por ejemplo: si se manda el equipo defectuoso, incompleto, aumentarán los costos de reposición, etc.

  1. Ninguna persona, agente o representante está autorizado para dar garantías adicionales en nuestro nombre.